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  • 2018

DECLARACIÓN DE ADUANA
Acto por el cuál se proporcionan en la forma prescrita y aceptada por la Aduana, las informaciones requeridas por ella.

DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS

Una declaración realizada del modo prescrito por la Aduana, mediante la cual las personas interesadas indican el régimen  aduanero deberá aplicarse a las mercancías, proporcionando la información necesaria que la Aduana requiere para la aplicación del régimen aduanero correspondiente.

DECLARACIÓN CERTIFICADA DE ORIGEN

Información sobre el origen de las mercancías certificada por una autoridad o entidad habilitada para hacerlo.

DECLARACIÓN JURADA
Documento que contiene la información proporcionada bajo juramento por el declarante y que hace responsable a este último respecto  al cumplimiento del pago de los tributos aduaneros y otras obligaciones emergentes.

DECLARANTE
Toda persona que a su nombre o en representación de otra presenta una declaración de mercancías.

DEFRAUDACIÓN ADUANERA
Es un delito aduanero consistente en la disminución o el no pago de los tributos aduaneros, por operaciones aduaneras en las que dolosa y falsamente se declara la calidad, cantidad, valor, peso u origen de las mercancías o servicios.

DELITO ADUANERO
Todo acto u omisión mediante el cual se incurra en hechos o actos tipificados como delito de contrabando, defraudación aduanera u otros.

DELIVERY AGAINST ACCEPTANCE (D/A)
Expresión inglesa que significa “entrega contra aceptación”, que, en una transacción comercial, indica que se procederá a la entrega de documentos contra la aceptación de una letra de cambio.

DECLARACIÓN ADUANERA
Acto por el cual se proporcionan, en la forma prescrita y aceptada por la aduana, las informaciones requeridas por ella.

DECLARACIÓN ADUANERA DE EXPORTACIÓN

Es un formulario que tiene el carácter de Declaración Jurada y constituye el único documento aduanero que acredita la legal exportación, reexportación o exportación temporal de mercancías, cuando lleva registrados los controles realizados por la aduana de salida.

DEPÓSITO ADUANERO
Es el régimen aduanero, con arreglo al cual las mercancías importadas son almacenadas bajo control de la Aduana Nacional en un almacén destinado a este efecto, bajo suspensión de los tributos aduaneros de importación.

DERECHOS DE ADUANA

Establecidos para ser aplicados a las mercaderías que entran o salen al territorio aduanero.

DEPÓSITO TEMPORAL DE MERCANCÍAS

Son lugares cercados o no, habilitados para el almacenamiento temporal de mercancías bajo control de la aduana, en espera de la presentación de la declaración de mercancías.

DESADUANAMIENTO
El cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para permitir la exportación de mercancías, su ingreso para el consumo o para someter a las mismas a otro régimen aduanero.

DEPÓSITO ADUANERO AUTORIZADO PRIVADO
Local destinado al almacenamiento de mercancías de propiedad exclusiva del depositario.

DEPÓSITO ADUANERO AUTORIZADO PÚBLICO
Local destinado al almacenamiento de mercancías de diferentes depositantes.

DEPÓSITOS ADUANEROS AUTORIZADOS
Locales destinados a almacenar mercancías solicitadas al régimen de Depósito Aduanero.

DERECHO DE USO DE ESPACIOS ACUÁTICOS Y COSTEROS
Acto administrativo mediante el cual la Dirección General de Capitanías y Guardacostas autoriza al peticionario la explotación de áreas de desarrollo portuario.

DESABARLOAMIENTO

Operación inversa al abarloamiento.

DESATRAQUE
Operación inversa al atraque.

DESCARGA DIRECTA
Traslado de carga que se efectúa directamente de una nave a vehículos para su inmediato retiro del recinto portuario.

DESCARGA INDIRECTA
Traslado de carga que se efectúa de una nave a muelle para su almacenamiento en el Terminal

DESCONSOLIDACIÓN DE CARGA

Vaciado de un contenedor con mercancía destinada a uno, dos o más consignatarios.

DESPACHADOR OFICIAL
Representante de entidades estatales o privadas autorizado para ejercer funciones de Agente de Aduana, respecto al embarque y despacho de carga de exportación e importación, perteneciente a dichas entidades.

DESPACHO
Cumplimiento de las formalidades aduaneras  necesarias para importar y exportar las mercancías o someterlas a otros regímenes, operaciones o destinos aduaneros.

DOCUMENTO ÚNICO DE INFORMACIÓN DEL MANIFIESTO (DUIM)

Documento suscrito por el transportista o su representante conteniendo las características de la carga y la conformidad del Manifiesto.

DUEÑO DE CARGA
Propietario o destinatario de la carga.

DESCARGA
Operación por la cual las mercancías se extraen del vehículo en que han sido transportadas.

DESCONSOLIDADOR DE CARGA INTERNACIONAL
Es un agente de carga internacional, establecido en el lugar de destino o de descarga de la mercancía, responsable de recibir el embarque consolidado de carga consignada a su nombre para desconsolidar y notificar a los destinatarios finales, dentro del plazo de cinco días, computables a partir de la fecha de descarga de la mercancía.

DESIGNACIÓN ARANCELARIA
Es la designación de una mercancía, según los términos de la nomenclatura arancelaria del Sistema Armonizado.

DESPACHO ADUANERO
Es el cumplimiento de las formalidades necesarias para asignar a las mercancías cualquier tratamiento o régimen aduanero.

DESTINATARIO
Persona natural o jurídica a cuyo nombre están manifestadas o se envían las mercancías
y que como tal es designada en el documento que ampara su transporte, o que por una orden posterior a su emisión o por endoso, le corresponde.

DEVOLUCIÓN DEL GRAVAMEN ARANCELARIO O DRAW BACK
Es el régimen aduanero que en caso de exportación de mercancías, permite obtener la restitución total o parcial del gravamen arancelario que haya gravado a la importación de mercancías, utilizadas o consumidas en la actividad exportadora.

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